Tratamiento tributario de dividendos recibidos a partir del ejercicio fiscal. RO 373, 28-I-2011.
Mediante Circular No. NAC-DGECCGC11-00002, el SRI expide el tratamiento fiscal aplicable a los dividendos, utilidades o beneficios obtenidos por personas naturales a partir del año 2010. En resumen se considera como gravable a los dividendos recibidos a partir del año 2010, aun cuando provengan de utilidades de años anteriores.