Se dispone que el SRI pueda fijar de oficio para los respectivos sujetos pasivos, un domicilio especial. 27-Jun-2012.
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC12-00360 se establece que el SRI podrá fijar de oficio para los respectivos sujetos pasivos, un domicilio especial en el lugar del territorio ecuatoriano que más convenga para facilitar la determinación y recaudación de los impuestos administrados por el SRI, mismo que será el único válido para todos los efectos tributarios.