Reforma al reglamento general de aplicación de la Ley de Turismo (Decreto 1116, RO S. 262, 06-ago-2020)
Mediante Decreto 1116 se establece el difiriendo del pago de la contribución del uno por mil sobre el valor de los activos fijos, por parte de todos los establecimientos prestadores de servicios turísticos. Según la reforma la contribución que corresponde al 2020 podrá pagarse sin intereses ni multas, hasta el 31 de diciembre de 2021.