Reforma a los porcentajes de retención del IVA (Resolución del SRI No. 427, SRO 377, 28-nov-2018)
Mediante la Resolución del SRI No. 427, se establece la retención por parte de exportadores de recursos naturales no renovables en adquisiciones relacionadas con sus exportaciones. A los pagos que efectúen los exportadores de recursos naturales no renovables, se retendrá: el treinta por ciento (30%) en la adquisición de bienes que se exporten, así como aquellos bienes, materias primas, insumos y activos fijos, empleados en la fabricación y comercialización de bienes que se exporten.