Solicitud de acumulación de la Décimo Tercer y/o Décimo Cuarta Remuneración
De acuerdo a lo estipulado en Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del trabajo en el Hogar y el Acuerdo Ministerial Nro. 0087 de Normas para el pago del décimo tercero y décimo cuarto sueldo, disponen que hasta el 15 de enero del 2016 deberán presentar la solicitud de no acumulación de décimos solo los trabajadores que decidan cambiar la forma de cobro de estos sueldos en el presente ejercicio fiscal.