Obligatoriedad del Sistema Financiero Reportar Transferencias SWIFT (Resolución del SRI No. 567, SRO 123, 20-nov-2017)
Mediante Resolución 567 el SRI establece la obligatoriedad de las entidades que integran el sistema financiero nacional de reportar información mediante la presentación del anexo de transferencias SWIFT al SRI.
- Aplica respecto de las transferencias recibidas y enviadas a través del sistema de mensajes de la Sociedad de Telecomunicaciones Financieras Interbancarias Mundiales de los Mensajes (SWIFT).
- Reporte será mensual y contendrá información efectuadas por las instituciones financieras o sus clientes, relacionadas con: a) transacciones efectuadas hacia o desde paraísos fiscales y b) Transacciones efectuadas, hacia o desde países con los cuales el Ecuador mantenga vigente un convenio para evitar la doble imposición.
Esta información deberá ser presentada mediante el anexo de transferencias SWIFT, en el portal web institucional www.sri.gob.ec, hasta el día 28 del mes siguiente al que corresponda dicha información. En el mes de enero de 2018, se presentará la información correspondiente a los períodos fiscales de noviembre y diciembre de 2017.