Obligatoriedad de las personas jurídicas que tienen como actividad la construcción o la inversión e intermediación inmobiliaria, de informar sobre sus actividades. 24-May-2012.
Mediante Resolución No. UAF-DG-2012-0035 de la Unidad de Análisis Financiero se notifica a todas las personas jurídicas cuya actividad u objeto social, principal o secundario, sea la construcción o de la inversión e intermediación inmobiliaria, a nivel nacional, como sujetos obligados a informar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), en los términos previstos en la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos, en el Instructivo para la Prevención de los Delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de los Sujetos Obligados a Informar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF).