Obligación de informar mensualmente las ventas a crédito al Registro Crediticio del SNRDP. 10-Abr-2013.
Mediante la Resolución No. SC.DSC.G.13.002 emitida por la Superintendencia de Compañías dispone a las compañías sujetas a la supervisión y control de esta Superintendencia que dentro del giro ordinario de sus negocios realicen ventas a crédito tendrán la obligación de suministrar información sobre dichas operaciones al Registro Crediticio del Sistema Nacional del Registro de Datos Públicos, de manera mensual, en la forma prevista en la ley.