Nuevos sujetos obligados a emitir comprobantes de venta y retención de manera electrónica (Resolución del SRI No. 568, SRO 123, 20-nov-2017)

Nuevos sujetos obligados a emitir comprobantes de venta y retención de manera electrónica (Resolución del SRI No. 568, SRO 123, 20-nov-2017)

Mediante la Resolución 568 se reforma la Resolución del SRI 430, publicada en ROS 59 del 17/ago/2017, referida con la obligatoriedad de emitir comprobantes de venta, comprobantes de retención y documentos complementarios, de manera electrónica.

Con base a esta nueva reforma, están obligados a emitir facturas, comprobantes de retención, guías de remisión, notas de crédito y notas de débito, a través de mensajes de datos y firmados electrónicamente, los siguientes sujetos pasivos, pertenecientes al régimen general:

 

 

Nota 1: Para las pequeñas empresas señaladas en el literal c), la obligación de emisión electrónica de facturas, comprobantes de retención, guías de remisión, notas de crédito y notas de débito, será exigible a partir del 01 de enero de 2019. 

Nota 2: Para efectos del literal j) se entiende como importador habitual de bienes a los sujetos pasivos cuyas importaciones sean iguales o superiores al 25% del total de compras anuales y, sus ingresos anuales del ejercicio fiscal anterior sean iguales o superiores al valor de ingresos establecido para estar obligados a llevar contabilidad.