Impuesto a los vehículos motorizados. RO 299, 13-X-2010.
Mediante Circular No. NAC-DGECCGC10-00018, el SRI recuerda a los distribuidores o concesionarios que permitan la salida de los vehículos vendidos sin que se les presente el comprobante de pago del impuesto a los vehículos, serán sancionados con infracción tributaria, de acuerdo a lo dispuesto en el Código Tributario.