En transferencia de Bienes o Servicios se aplicará IVA vigente (Circular del SRI 11, SRO 792, 07-jul-2016)
Mediante la Circular del SRI No. NAC-DGECCGC16-00000011 se establece que en las transferencias locales de dominio de bienes, el hecho generador del IVA se verifica en el momento de la entrega del bien, o en el del pago total o parcial del precio o acreditación en cuenta, lo que suceda primero, por lo tanto si el hecho generador se configura a partir del mes de junio de 2016, el agente de percepción emitirá el respectivo comprobante de venta con tarifa 14% de IVA.