Deducibilidad de gastos de publicidad para uso de dinero electrónico (Circular del SRI No.11, SRO 148, 27-dic-2017)
Mediante la Circular del SRI No. NAC-DGECCGC17-00000011, se aclara a los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta que la deduciblidad de gastos en los que incurran con la finalidad de publicitar y difundir el uso de dinero electrónico como medio de pago, es aplicable respecto del ejercicio fiscal 2017 en adelante, conforme cumpla con las disposiciones de:
- Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Público-Privadas y la Inversión Extranjera. (SRO 736 - 19 de abril de 2016).
- Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000108, (SRO 946 - 16 de febrero de 2017).
- Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000253, (SRO 990 - 24 de abril de 2017).