Declaraciones de no habitualidad dirigida a la comercialización de vehículos, inmobiliaria y construcción. (Resolución de la Unidad de Análisis Financiero No. 1, RO 12, 12-jun-2017)
Mediante la Resolución de la Unidad de Análisis Financiero No. 1, se expide el "Procedimiento para presentar las declaraciones de no habitualidad dirigida a los sujetos obligados a reportar que se dedican a la comercialización de vehículos; e, inversión e intermediación inmobiliaria y a la construcción." Esta debe ser entendida como la actividad o conjunto de actividades que generen operaciones o transacciones que igualen o superen el umbral legal en el plazo de treinta (30) días y que se realicen de manera sistemática.