Declaración informativa de transacciones exentas del ISD. 19-Sep-2012
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC12-00572 del SRI, se establece que los agentes de retención y percepción se abstendrán de efectuar la respectiva retención o percepción del ISD, en los casos en los que un mismo contribuyente transfiera o envíe al exterior hasta mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 1,000.00), dentro de un mismo período quincenal, comprendido entre el día 1 y el día 15 de cada mes, o entre el día 16 y el último día de cada mes.
Además se sustituye el formulario de declaración informativa de transacciones exentas del ISD.