Control de las ventas a crédito y de la emisión de tarjetas de circulación restringida. 05-Oct-2012.
Mediante Resolución No. SC.DSC.G.12-013, la Superintendencia de Compañías establece que las compañías sujetas a su vigilancia, se encontrarán prohibidas de realizar nuevas operaciones de crédito bajo el esquema de crédito rotativo. En el caso de los clientes que al 10 de Octubre de 2012 mantuvieren saldos por pagar bajo la modalidad de crédito rotativo, las compañías que otorgaron el crédito deberán recibir el pago de este saldo, en un mínimo de diez cuotas de igual valor, con vencimiento mensual cada una de ellas.